Despacho aduanero
Se realiza previo cumplimiento de las formalidades aduaneras. De acuerdo a lo que nos señala específicamente el Art. 74 de la Ley General de Aduanas (L.G.A.) “El Despacho aduanero es el conjunto de trámites y formalidades aduaneras necesarias para aplicar a las mercancías uno de los regímenes aduaneros establecidos por Ley.
El despacho aduanero será documental, público, simplificado y oportuno en concordancia con los principios de buena fe, transparencia y facilitación del comercio.
Todo despacho aduanero salvo los casos exceptuados por ley, será realizado y suscrito por un despachante de aduana habilitado”.
Para sujetar la mercancía a un régimen aduanero, debemos hacerlo siempre mediante el despacho aduanero que implica cumplir con un conjunto de trámites y formalidades establecidas por ley para proseguir los procesos establecidos donde la ley resolverá un derecho específico.
Características del Despacho Aduanero:
- Trámites y formalidades
- Su objeto es aplicar un Régimen Aduanero
- Siempre es documental
- Lo efectúa el despachante de aduanas